La Reforma Energética de Enrique Peña Nieto.

Pude por fin leer la propuesta de Reforma Energética que se está discutiendo ahora mismo en el senado y que forma parte del paquete de reformas impulsadas por el gobierno de Enrique Peña Nieto. Dicha propuesta pretende modificar los artículos 27  y 28 de la constitución mexicana, encargados de legislar en materia energética, en las áreas de hidrocarburos, energía nuclear e industria eléctrica. Como se sabe, además del cuerpo mismo de los artículos, parte sustancial de dicha legislación queda plasmada en las leyes reglamentarias de cada uno de ellos; en particular, esta propuesta introduce modificaciones en materia eléctrica y de hidrocarburos dejando prácticamente intacto el de los minerales radiactivos.

En la propuesta de reforma a que se tiene acceso a través de la página electrónica creada ex profeso para tal fin, puede leerse grosso modo:

A) La exposición de motivos de la reforma. Es decir, por qué razones va a modificarse, razones tanto económicas como sociales y de gobierno.
 
B) La pertinencia jurídica de la reforma. Donde
—se sostiene— homologa a  la reforma del 40 de Lázaro Cárdenas (un ardid publicitario) y donde también se esboza una breve línea del tiempo acerca de los cambios a la ley en este rubro, desde ese año hasta nuestros días. (Págs. 9 y 10).
 
C) Se detalla qué literalmente va a modificarse en los artículos por reformarse, aduciendo argumentos económicos y de hacienda al respecto. Aunque —como alerta Joseph Stiglitz—, deberán presentarse los detalles técnicos que, de acuerdo a la ley, se incluyen en las leyes reglamentarias y contienen el detalle fino de cómo se harán la exploración, la extracción y el refinamiento de los hidrocarburos por parte de las empresas a quienes se permitiría el acceso expedito a nuestros bancos de hidrocarburos. (Que no quede duda: la propuesta liberaliza las tres áreas estratégicas señaladas).
 
D) Como novedad, se reforma el artículo 28 que elimina la exclusividad del Estado sobre las actividades de refinación o petroquímica básica que permitiría la expedición de contratos a capital privado en dicho sector.
 
E) Los beneficios esperados. Es decir, una breve prospección de los resultados que se esperarían tras la aplicación de la reforma en materia hacendaria, de economía y de gasto social. (Pág. 15).

F) Y la propuesta de Reforma en energía eléctrica.

En este punto podría alguien esgrimir, “Pero si ya se han otorgado contratos a particulares en materia de exploración, producción y refinamiento desde hace algún tiempo, ¿por qué tanto alboroto?”. A lo que no queda más que dar una respuesta igual de simplona: “Entonces, ¿para qué reformar?”

Bien, antes de compartir mis propias impresiones y comentarios del documento, pido al lector la siguiente reflexión. La reflexión es:

Aun si no pudiera leerse el documento de la propuesta, no sería extraño dudar de sus intenciones por dos razones al menos: 1) ¿Cómo va a ser posible que un simple cambio en la ley —el artilugio de una vana operación mecánica, es decir, el reacomodo, añadido y sustracción de letras— sea lo que por fin dé a México ese impulso por tanto tiempo añorado? Y como corolario a este cuestionamiento, el cariz autoritario del gobierno de Enrique Peña Nieto que pretende gobernar, para variar, de la ley a la sociedad y no de la sociedad a la ley (una reflexión con la que he sido insistente a lo largo de los años de escritura para mi blog). Idea reforzada por cierto cuando uno se pregunta: ¿No va a haber una consulta popular ante una reforma de tanta envergadura? Aunque sin obtener respuesta. (Para quien piense que peco de reduccionista por equiparar la discusión de una ley en el senado a un acto mecánico, yo respondo: No es un tema de voluntades (las supuestas coordinadas en el Pacto por México), es un tema de intenciones: las intenciones del gobierno de Enrique Peña Nieto en materia energética). 2) Alguna especie de engaño por parte del gobierno cuando insiste en su propaganda en parangonar su propuesta al acto expropiatorio (de nacionalización) por el cual se confirió al Estado mexicano la rectoría jurídica sobre los bienes del subsuelo durante el gobierno de Lázaro Cárdenas y a su ley reglamentaria.

Impresiones sobre el documento

1) Hay la intención expresa de abrir la exploración de yacimientos no convencionales a la inversión privada y, por tanto, la intención de abrir la extracción de gas-shale a estas empresas, como puede leerse a lo largo del texto de la propuesta. Cito este párrafo: «México aún está por detonar su potencial en yacimientos de este tipo y por aprovechar sus beneficios. Si se toma como referencia a nuestro mayor socio comercial, en 2012 se otorgaron 9,100 permisos de perforación a 170 empresas en los Estados Unidos de América en yacimientos de petróleo y gas de lutitas, mientras que en México se perforaron sólo 3. Asimismo, la producción de gas de lutitas ha aumentado ocho veces en Estados Unidos desde el año 2000; en la actualidad representa cerca del 40% de la producción de gas natural en dicho país» y este otro: «México tiene un gran potencial de hidrocarburos, sobre todo en cuencas poco aprovechadas y con recursos no convencionales, como son las aguas profundas del Golfo de México y el petróleo y gas de lutitas» (Pág. 11).
 
2) El punto débil de la agenda energética de la Reforma de Enrique Peña Nieto consiste en tomar a EUA como modelo de exploración y producción pero minusvalorando la práctica ecocida y mercantilista en la maniobra. Es decir, la propuesta habla pura y solamente de beneficios y promesas, sin proferir una sola palabra acerca de la práctica ecocida del fracking, necesaria para la extracción de gas-shale o gas de lutitas, uno de los objetivos expresos de la reforma, y sin mencionar, por otra parte, las presiones por parte de Exxon-Mobile, Chevron, British Petroleum y Shell quienes están altamente interesados en la inversión. Sobre este último punto, puede leerse esta nota y, sobre el primero, recomiendo el documental Gasland que aparece al final de esta entrada.
 
3) Hay un punto en donde es convincente el argumento que pretende mostrar cómo esta Reforma constituiría un retorno a la de Lázaro Cárdenas del 40: cuando se explica cómo aquella ley efectivamente concede la posesión de los productos del subsuelo a la nación y la rectoría del Estado en materia jurídica sobre dicha posesión sin que por ello dicha ley excluyera la participación privada a través de contratos (lo cual es parcialmente cierto, como argumenta John M. Ackerman aquí). Sin embargo, y dejando de lado cómo Cárdenas hijo al parecer intentó refutar esta idea a través de este escrito, la lectura concienzuda de dichos fragmentos en la propuesta, revelan la posibilidad de una torcedura de la ley en el acto; por lo demás, siempre posible dado que es sujeta a interpretación. Véase: En efecto, se insiste en que va a mantenerse el régimen del 40 consistente en no otorgar concesiones a las empresas privadas pues es el mecanismo que confiere a éstas propiedad sobre los hidrocarburos: «La propiedad de los hidrocarburos del subsuelo es y seguirá siendo de la Nación, por lo que su explotación seguirá estando a cargo de la Nación y en su beneficio, por tanto se conserva la prohibición de otorgar concesiones que confieran derechos sobre nuestros recursos naturales a los particulares» y también se añade: «se propone eliminar del artículo 27 constitucional la restricción incorporada en 1960, que le impide al Estado la utilización de contratos en sus actividades de explotación de hidrocarburos, es decir, en su extracción del subsuelo para su aprovechamiento». Sin embargo, así como no tenemos noticias de qué se incluirá en la ley reglamentaria a la reforma del 27, mucho menos sabemos en qué condiciones se ofertarán las licitaciones por las que se otorgarán los contratos a las empresas. Las experiencias de César Nava y de Georgina Kessel en la paraestatal y la Secretaría de Energía, respectivamente, y sus desfalcos —por citar solo casos aislados—, nos conmina a la siguiente pregunta: ¿Es PEMEX quien debe reformarse? ¿No debería reformarse en su lugar la función pública? ¿En donde hay una banda de hábiles traficantes de influencias y vividores del Estado?
 
4) La mención de los dos hechos siguientes sin quedar claro si se trata de añadidos y la preocupación que pregunta si no se estarán otorgando sobrefacultades tanto al Ejecutivo como al Legislativo: HECHO 1. «La política sobre las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos será dictada exclusivamente por el Ejecutivo Federal. Además, el Ejecutivo Federal celebrará contratos con organismos y empresas del Estado y con los sectores social y privado, manteniendo el Estado el dominio sobre los recursos en el subsuelo, sin posibilidad de otorgar derechos a través de concesiones». Pág. 12 y HECHO 2. « …es clara la distinción entre el derecho exclusivo del Estado reconocido por la Constitución para extraer y disponer de sus propios recursos, y la forma en que lo hará, que será determinada por la ley, otorgándose para ello el más amplio margen al legislador». (Pág. 7).
 
5) El cambio de un régimen fiscal que disminuiría el pago de derechos (de donde sale en parte el gasto social) pero que debería asegurar que no se repartirán en forma discrecional los excedentes (Pág. 14). ¡!

Son estos cinco los aspectos que me han parecido más relevantes en el documento. Por otra parte, se ha escrito con abundancia acerca de los argumentos tecnológicos, técnicos, jurídicos e incluso históricos que señalan la superfluidad de esta Reforma y que básicamente coinciden en una misma apreciación: no es estrictamente necesario cambiar la ley para “modernizar” PEMEX pues su obsoleta maquinaria, su petroquímica olvidada y su escasa operatividad, son resultado de, o bien la corrupción de sus operadores y directivos, o bien de instrumentar los lineamientos dictados por el BM al pie de la letra (ver este documento), o bien de recurrir a la costosa importación de combustibles que podrían perfectamente ser refinados en México (ver Fig. 1). 


Ni su excesiva carga fiscal, ni su desmantelamiento son hechos accidentales. Sin embargo, no abundaré más sobre este aspecto pues requeriría el tratamiento de grandes cantidades de información y ya existe una excelente literatura en el rubro; a cambio de ello, dejo algo de dicho material:

Este excelente estudio que ya había colgado en el blog, en donde se trata la relación entre extracción de crudo y consumo, los distintos tipos de crudos, la creación de refinerías, la reconvención a lograr la autosuficiencia en la producción de combustibles a fin de mantener nuestra soberanía energética y, finalmente, un veredicto por parte de sus autores sobre las razones por las que la empresa, en cualquier caso, se hallaría en un parcial deterioro. (Si digo “en cualquier” es porque, a pesar de dicho deterioro PEMEX sigue siendo altamente rentable, como se discute en el estudio mismo).

Figura 1. Cuadro comparativo que muestra la relación entre las ventas del petróleo y la elaboración de productos petrolíferos.


La famosa charla de la Doctora en geología Fernanda Campa en su versión estenográfica. Bastaría este documento para entender la sinrazón de varios de los argumentos de la propuesta.

Algunas razones políticas sobre la importancia de PEMEX y argumentos de índole histórica, contenidos en la carta de Gerardo Fernández Noroña a EPN.

Análisis sobre el estado de las finanzas en materia eléctrica.

Finalmente, en las páginas 27 y 28 del documento aparece el decreto que modifica los artículos referidos. Sin embargo, párrafos antes pueden leerse en su formato resumen:

 FIGURA 2. El resumen de las propuestas de Reforma.

Hasta aquí con esta reflexión.


NOTA: 
 
El vídeo recién fue desactivado como puede verse en el sitio de su publiación original: aquí.

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